Reto 3: Políticas públicas para la igualdad de oportunidades
La política pública que he elegido es el apartado primero del artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Una medida orientada a la igualdad de acceso en la formación de los trabajadores del estado. Dicha política dice así: “Con el objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicas, se otorgará preferencia, durante un año, en la adjudicación de plazas para participar en los cursos de formación a quienes se hayan incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad.” Esta política enraíza directamente con los escollos a los que se enfrentan las mujeres en el mundo laboral. Uno de ellos es el techo de cristal, una barrera invisible que dificulta el acceso femenino a los puestos directivos. Uno de los motivos pr...